miércoles, 18 de enero de 2012

Ley SOPA

El Stop Online Piracy Act (Español: Ley de cese a la piratería en línea) también conocido como Ley SOPA o Ley H.R. 3261; es un proyecto de ley introducido en la Cámara de Representantes de los Estados Unidos el 26 de octubre de 2011. El proyecto de ley extiende las competencias del Departamento de Justicia de los Estados Unidos y amplía las capacidades de los propietarios de derechos intelectuales para combatir el tráfico online de contenidos y productos protegidos, ya sea por derechos de autor o de propiedad intelectual. Entre estos se pueden contar por ejemplo música, películas, libros, obras artísticas y productos copiados o falsificados que no tributan las correspondientes tasas a los propietarios de sus derechos de autoría o invención.


El proyecto de ley originalmente propuesto permite que tanto el Departamento de Justicia de los Estados Unidos, como los propietarios de derechos intelectuales, puedan obtener órdenes judiciales contra aquellos sitios de Internet que permitan o faciliten la violación de los derechos de autor. Dependiendo de quién sea el que solicite la orden judicial, las acciones previstas contra el sitio Web podrían incluir:

• Restricción al acceso a empresas que brindan un servicio de facilitación de pago tales como PayPal o que ofrecen dinero a cambio de colocar publicidad online.

• Restricción en los buscadores que vinculan con tales sitios.

• Requerimiento a los proveedores de Internet, para que bloqueen el acceso a tales sitios.

El proyecto de ley convierte en un crimen al streaming (reproducción de archivos a la vez que se descargan, como por ejemplo un video de Youtube) no autorizado de contenidos protegidos por copyright, y prevé una pena máxima de cinco años de prisión por cada diez piezas musicales o películas descargadas dentro de los seis meses desde su estreno. El proyecto además brinda inmunidad a todos aquellos proveedores de Internet que voluntariamente lleven a cabo acciones contra tales sitios haciendo además responsable al sitio Web infractor de cualquier daño producido al titular de los derechos, incluso sin tener que demostrarlo.

Quienes proponen la ley afirman que protege el mercado de la propiedad intelectual y su correspondiente industria, trabajos e ingresos, y que es necesaria para reforzar la aplicación de las leyes de derechos de autor, en particular contra los sitios Web extranjeros. Citan ejemplos como el del acuerdo judicial de 500 millones de dólares al que llegó Google con el Departamento de Justicia por su papel en una campaña publicitaria dirigida a los ciudadanos estadounidenses que alentaba a los consumidores a comprar drogas de prescripción ilegal en farmacias online de Canadá. Los opositores argumentan que la ley infringe los derechos de la Primera Enmienda, que es censura en Internet, que lisiará a Internet, y será una amenaza para la denuncia de irregularidades y otras muestras de libertad de expresión.

El Comité Judicial de la Cámara mantuvo audiencias sobre la ley SOPA el 16 de noviembre y el 25 de diciembre de 2011. El comité tiene programado continuar con el debate cuando el Congreso retorne de su receso invernal.





jueves, 12 de enero de 2012

Respuesta a la Alcaldesa Pedánea de La Estacada

Estimada Señora representante del anterior Alcalde de Jumilla en la pedanía de la Estacada.

En el año 1999, en el que yo no estuve de concejal de mi partido pero si estaba de Alcalde D. Francisco Abellán se aprobó por el PSOE y por IU un Reglamento de Participación Ciudadana en el que se regulaban las elecciones a pedáneos. Era el Ayuntamiento y concretamente el responsable de Participación Ciudadana el encargado de dar publicidad a ese proceso y que se presentaran candidatos a pedáneos. Si su queja es que no se enteró debería haber pedido responsabilidades al concejal de Participación Ciudadana en el año 2007 que era D. Ildefonso Jimenez. Ni era el anterior pedáneo, ni era usted, ni ningún otro vecino el que debía dar publicidad a ese proceso precisamente porque toda elección que se quiere que sea limpia debe estar organizada por quien no se presenta.

Después de un proceso electoral con un solo candidato (y le vuelvo a recordar que el que hubiera un solo candidato es porque nadie más se presentó y si nadie más lo hizo pudo ser por la falta de publicidad de la Concejalía de Participación Ciudadana) no se nombró a quien salió elegido. Después, si se quiso en unas convocatorias y reuniones de la asociación de vecinos hacer cualquier otra cosa no es algo que cumpliera con el Reglamento de Participación Ciudadana en vigor. Fue además D. Ildefonso Jiménez quien dijo en los medios de comunicación que había habido problemas en las pedanías donde se habían presentado candidatos que eran o había sido miembros de IU o del PP, pues bien, en el caso de la Estacada si solo hubo un candidato y no hubo publicidad como usted lamenta es responsabilidad de él y de nadie más.

El PSOE e Izquierda Unida Verdes coincidimos en el pasado pleno de diciembre en que queremos que se respete ese Reglamento, sin embargo IU puede decir que siempre ha pedido y defendido que eso sea así mientras que el PSOE unas veces lo ha hecho y otras veces no. Son los ciudadanos los que pueden y deben juzgar la coherencia de cada partido político.

En modo alguno hay nada personal contra usted ni contra ningún vecino de la Estacada, si cualquiera de ustedes se lo toma como algo personal se equivocan totalmente y les tengo que decir que tengo un gran aprecio a muchas personas de esa pedanía con la que me siento muy vinculado, ahora bien, no vamos a dejar de repetir que en la legislatura 2007-2011 hubo siete pedáneos elegidos conforme  al Reglamento de Participación Ciudadana de 1999 y otros dos que fueron elegidos como representantes del Alcalde en las pedanías de la Estacada y de la Fuente del Pino sin tener en cuenta ese Reglamento. Decimos y seguiremos diciendo que para IU Verdes hacer algo distinto al Reglamento del año 1999 no es democrático, pues democracia es cumplir lo que hay acordado, si se promueven elecciones libres y abiertas a que cualquiera se presente tienen mayor legitimidad que todas las reuniones de la asociación de vecinos por muchas votaciones que se hagan.